Entre el 12 y el 18 de julio de 2021 estará abierta la convocatoria de créditos condonables para educación superior del Fondo de Apoyo Financiero para Estudiantes con Discapacidad del Icetex, el Ministerio de Educación Nacional y Fundación Saldarriaga Concha.
El Fondo de Apoyo Financiero para Estudiantes con Discapacidad en Educación Superior, es una medida de atención en cumplimiento a la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, que fue ratificada por Colombia a través de la Ley 1346 de 2009, Ley Estatutaria 1618 de 2013, los CONPES 80 y 166 relacionados con la población con discapacidad y artículo 2.5.3.3.3.2 del Decreto 1421 de 2017 por el cual se reglamenta la atención de las personas con discapacidad en el marco de la educación inclusiva.
El Fondo adjudica créditos condonables a estudiantes con discapacidad de estratos 1, 2 o 3, a través de la financiación del valor de la matrícula hasta por 8 SMMLV, y sostenimiento hasta por 4 SMMLV, para cursar programas de pregrado, en nivel técnico profesional, tecnológico o universitario en modalidad presencial o a distancia en Colombia y en cualquier Instituciones de Educación Superior reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. Estos créditos serán 100% condonables siempre y cuando se logre la obtención del título del programa académico por parte del beneficiario del programa.
¿A quiénes están dirigidos los créditos condonables?
Los destinatarios de los créditos condonables que se adjudicaran en el marco de este Fondo serán personas colombianas con discapacidad, debidamente certificada por parte de una EPS o de una Junta de Invalidez, incluidas en el Registro de Localización y Caracterización de Discapacidad del Ministerio de Salud, que pertenezca a los estratos 1, 2 o 3 y que estén admitidos en una Institución de Educación Superior colombiana para desarrollar un programa académico (Técnico profesional, Tecnológico o Universitario).
¿Qué financia?
El crédito condonable que se adjudica en el marco de este fondo cubrirá los siguientes rubros:
- Matricula Ordinaria: El rubro de matrícula será hasta por valor de ocho (8) SMMLV del periodo académico certificado por la Institución de Educación Superior y se girará directamente a la Institución de Educación.
- Sostenimiento: El rubro de sostenimiento será por valor de cuatro (4) SMMLV por semestre y se girará directamente al beneficiario.
El Fondo financiará un (1) programa de educación superior por beneficiario en los niveles técnico profesional, tecnológico o universitario a partir de cualquier semestre o año académico, y cubrirá la totalidad de los periodos del programa académico reportados en el SNIES.
El Fondo para estudiantes con discapacidad en educación superior no es retroactivo. Este Fondo se aplicará exclusivamente a los créditos adjudicados a partir de esta convocatoria y su respectivo Reglamento. Los créditos adjudicados bajo la modalidad de línea de crédito ACCES, continuará siendo manejado bajo las mismas condiciones en que fueron asignados, garantizando la continuidad de los mismos hasta su finalización.
El crédito condonable no financiará cursos intersemestrales, cursos de idiomas, seminarios, congresos, salidas de campo, ni herramientas o materiales de trabajo. Así mismo, no financiará pasantías, derechos de grado, prácticas, judicaturas ni nada que esté fuera de los periodos académicos que compongan el programa, de acuerdo con el registro calificado expedido por el Ministerio de Educación Nacional. No financiará gastos como inscripciones, habilitaciones, certificaciones y/o constancias, o apoyos requeridos tecnológicos, animales o humanos (intérpretes, tiflólogos, guías intérpretes o similares) los cuales deberán ser asumidos por cada beneficiario.
Requisitos para aspirantes a los créditos condonables
Quienes aspiren a los créditos condonables deberán cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:
- Ser ciudadano colombiano/a
- Presentar el certificado que acredite el tipo de discapacidad (de acuerdo a la Resolución 113 de 2020 del Ministerio de Salud) expedido por una E.P.S. o Junta de Invalidez. Dicha certificación deberá ser remitida vía correo electrónico, no obstante, el aspirante deberá garantizar que el documento adjunto es copia fiel del certificado original enviando una declaración suscrita por el aspirante que contenga lo siguiente:
- Correo: fondo@saldarriagaconcha.org
- Asunto: Convocatoria 2021-2_Nombres y Apellidos
- Declaración del certificado: “(nombre del aspirante, identificado con la cedula de ciudadanía No. ——-, declaro que el presente documento adjunto es fiel copia del documento original por medio del cual se certifica y/o acredita la discapacidad establecida. Por lo anterior, doy fe de la autenticidad y veracidad del documento presentado para cumplir con los requisitos para aspirar al crédito condonable. Incluir firma y cedula del aspirante)”.
El no cumplimiento de alguno de los anteriores requisitos excluirá al candidato de participar en la presente convocatoria.
Quienes aspiren deberán tener en cuenta las siguientes condiciones:
- Aspirantes que se presentaron a la convocatoria y no fueron seleccionados, pueden iniciar el proceso en una próxima convocatoria, si la hubiere
- Estudiantes que hayan sido beneficiarios del Fondo y hayan perdido el beneficio por alguna de las causales contempladas en el Artículo 17 del presente reglamento, no podrán postularse nuevamente.
- Estudiantes que son financiados a través del Fondo, bajo las condiciones establecidas para la línea de pregrado en la modalidad ACCES, no podrán postularse o solicitar cambio de condiciones a las inicialmente adjudicadas.
- Los créditos financiados por este Fondo se otorgan por una ÚNICA vez.
¿Cómo legalizo el crédito?
Estudiantes que tengan crédito adjudicado, es decir, en estado “Aprobado”, deberán anexar oportunamente los documentos requeridos en la herramienta web que disponga el ICETEX; aquellos que no lo hagan dentro del plazo señalado en cada convocatoria, perderán la posibilidad de beneficiarse del Fondo.
El ICETEX verificará la idoneidad de las garantías adjuntadas por cada aspirante adjudicado en la herramienta WEB. En caso de presentar alguna inconsistencia, el aspirante adjudicado deberá volver a presentarlas dentro del plazo que le indique el ICETEX.
Las garantías se harán efectivas en el evento en que el beneficiario incumpla el plan de pagos que le asigne el ICETEX, cuando incurra en alguna de las causales de suspensión definitiva de los desembolsos previstas en este Reglamento. El ICETEX realizará las actuaciones que sean necesarias cuando se requiera hacer efectivas dichas garantías.
Parágrafo Primero. Si el aspirante adjudicado es menor de edad, su representante legal (madre, padre o acudiente) deberá firmar en el espacio de firma para BENEFICIARIO y/o REPRESENTANTE LEGAL, y debajo de esta deberá firmar el aspirante adjudicado.
Parágrafo Segundo. Por solicitud del Ministerio de Educación Nacional y la Fundación Saldarriaga Concha, quienes aspiren a los créditos condonables, quienes respaldan las obligaciones adquiridas, no serán sometidos a estudio crediticio ante centrales de riesgo, tampoco contarán con un deudor solidario diferente a ellos mismos, esto debido a la importancia de viabilizar el otorgamiento del beneficio de créditos condonables a personas con discapacidad de escasos recursos.
Documentos requeridos para la legalización del crédito
A quien se le adjudique el crédito condonable, deberá en la herramienta web dispuesta por el ICETEX, construir el pagaré y la carta de instrucciones desmaterializadas. Contarán con una plataforma electrónica para el cargue de los siguientes documentos soporte dentro de los plazos y fechas estipulados, de acuerdo con los lineamientos expedidos por el Archivo General de la Nación:
- Formulario de inscripción debidamente diligenciado a través de la Página Web del ICETEX, impreso y firmado o con firma digital
- Fotocopia simple del documento de identidad vigente o constancia de trámite de este si pasó de tarjeta de identidad a cédula.
- Original del recibo de pago de un servicio público domiciliario reciente (agua, luz, gas o teléfono) del lugar de residencia del núcleo familiar o, en caso de residencia en áreas rurales, una certificación de su lugar de residencia expedida por la autoridad competente.
- Aspirantes adjudicados de primer y segundo semestre del programa académico deberán allegar además la siguiente documentación:
- Copia del resultado del examen de Estado de la educación media (SABER 11°) o de la prueba de estado equivalente o certificado de grado 11 de la Institución Educativa en donde se evidencie la citación para presentar el Examen Saber 11, de la prueba que fue cancelada.
- Copia del recibo de matrícula
- Aspirantes adjudicados de tercer semestre en adelante:
- Recibo de pago de la matrícula del semestre próximo a cursar.
- Certificado en original de calificaciones académicas que indique el promedio del semestre inmediatamente anterior, expedido por la Institución de Educación Superior donde adelanta sus estudios.
El ICETEX verifica la idoneidad de las garantías adjuntadas en la herramienta web por el beneficiario y emite un concepto jurídico de viabilidad, según corresponda. En caso de que sea negativo, el beneficiario deberá volver a presentarlas dentro del plazo que le indique el ICETEX.
Con concepto jurídico viable, el ICETEX procederá a realizar los trámites para desembolsar los recursos de acuerdo con lo previsto en el procedimiento para ejecución de recursos.
Obligaciones de beneficiarios:
Quienes sean beneficiarios del crédito condonable se comprometen a cumplir las siguientes obligaciones, una vez sus créditos queden legalizados y se hayan realizado los desembolsos respectivos:
- Cumplir cabalmente todas las obligaciones definidas en la convocatoria y en el Reglamento Operativo.
- Informar oportunamente al ICETEX sobre cualquier ingreso adicional por becas, comisión de estudios u otra clase de apoyo económico de algún ente nacional público durante el tiempo en que disfrute del crédito educativo. El ICETEX comunicará a la Junta Administradora para la decisión correspondiente.
- Informar al ICETEX dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su ocurrencia, la suspensión temporal o definitiva de los estudios. En todos los casos debe explicar los motivos. El ICETEX comunicará a la Junta Administradora para la decisión correspondiente.
- Tramitar la renovación del crédito al final de cada periodo académico para continuidad de los desembolsos.
- Cumplir con los requisitos de condonación del crédito y dentro de los plazos establecidos.
- Informar oportunamente al Ministerio de Educación Nacional y a la Fundación Saldarriaga Concha y mediante comunicación escrita a través de la página web de ICETEX, la fecha exacta de iniciación y terminación de los estudios financiados.
- Radicar en el ICETEX solicitud de condonación, adjuntando copia del acta de grado y/o diploma de grado obtenido.
- Pagar al ICETEX, de conformidad con el plan de pago que éste defina, el crédito financiado (capital e intereses), cuando no se cumplan los requisitos de condonación.
- Reintegrar al ICETEX el valor mayor girado por error presentado en el trámite de giro, dentro de un término no mayor a 10 días hábiles contados a partir de la comunicación y/o notificación del hecho. En tal caso, el beneficiario podrá descontar el valor correspondiente a los costos financieros en que incurra para realizar el reintegro.
¿Cómo se hace condonable el crédito de este fondo?
El procedimiento establecido para la condonación del crédito condonable es el siguiente:
- El beneficiario deberá enviar el ICETEX copia del título académico, copia del acta de grado obtenida del programa para el cual se le otorgó el crédito, copia simple de la cédula de ciudadanía y carta de solicitud de condonación.
- El ICETEX deberá presentar a la Junta Administradora las copias del título, acta de grado y copia de la cédula de ciudadanía entregadas por el beneficiario.
- El Ministerio de Educación Nacional procederá a realizar el cruce del diploma con el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior -SNIES- para corroborar la veracidad de los títulos y actas de grado presentados por el ICETEX.
- ICETEX deberá presentar a la Junta Administradora los valores a condonar.
- La Junta Administradora aprobará la condonación de los créditos, elaborará el acta respectiva y la remitirá a ICETEX. Una vez el ICETEX reciba el acta de Junta Administradora donde se aprueba la condonación, expedirá la Resolución respectiva, y contará con 30 días hábiles para la aplicación de los valores de cartera y notificar a los miembros de la Junta Administradora.
- La Fundación Saldarriaga Concha notificaran a los/as beneficiarios la Resolución de Condonación.
La condonación de los créditos otorgados solamente podrá ser autorizada por la Junta Administradora, a partir de la verificación del cumplimiento de requisitos efectuado por la misma, según conste en el acta de Junta Administradora respectiva, la cual deberá ser remitida al ICETEX en un término no mayor de 15 días hábiles siguientes a su expedición. Dicha acta indicará la relación de los/as beneficiarios/as y valores a condonar, con fundamento en la documentación entregada por el/la beneficiario/a, la cartera informada por el ICETEX y en cumplimiento de los requisitos referidos
Los beneficiarios tendrán un término máximo de dos (2) semestres, para cumplir el numeral uno (1) del procedimiento de manera efectiva.
Una vez excedido este término, la Junta Administradora podrá ordenar el paso al cobro del respectivo beneficiario.
El proceso de recuperación de la cartera de los créditos de los beneficiarios que no cumplan con los requisitos de condonación estará a cargo del ICETEX.
El ICETEX deberá informar al constituyente la relación de los/as beneficiarios/as que no cumplieron con los requisitos exigidos para la condonación del crédito o no terminaron el programa académico financiado para que se revise y verifique previo a la autorización de la Junta Administradora, el paso al cobro de las obligaciones, el cual será llevado a cabo por el ICETEX.
A partir de la decisión de la Junta Administradora, el ICETEX asignará el plan de pagos conforme lo dispuesto en el Reglamento Operativo.
Criterios de Calificación
CRITERIOS | PUNTAJE |
Puntaje obtenido en la prueba de Estado | |
Desempeño en las pruebas SABER 11 o de la prueba de estado equivalente de los estudios de bachillerato | Hasta 50 |
Promedio obtenido en el semestre académico inmediatamente anterior | |
4.50-5.00 | 50 |
4.00-4.49 | 40 |
3.50-3.99 | 30 |
3.00-3.49 | 20 |
Estrato socioeconómico (el nivel del SISBEN excluye el estrato socioeconómico) | |
Estar registrado en el nuevo SISBEN máximo hasta el grupo C1. | |
Grupo A1-A5 | 12 |
Grupo B1-B7 | 11 |
Grupo C1 | 10 |
ESTRATO SOCIOECONÓMICO | |
Pertenecer a estrato socioeconómico 1 | 9 |
Pertenecer a estrato socioeconómico 2 | 7 |
Pertenecer a estrato socioeconómico 3 | 5 |
Institución de Educación Superior | |
Institución de Educación Superior Acreditada en Alta Calidad | 8 |
Programa académico con acreditación de Alta Calidad del Concejo Nacional de Acreditación -CNA- | 6 |
Procedencia de la Institución de Educación Media | |
Rural | 5 |
Urbana | 4 |
Tipo de Institución de Educación Superior | |
Pública | 7 |
Privada | 2 |
Modalidad del Programa Académico | |
Presencial | 8 |
Distancia Tradicional | 5 |
Virtual | 5 |
Sujetos de Especial Protección Constitucional | |
Mujeres | 1 |
Mujeres cabeza de familia | 1 |
Grupos étnicos | 1 |
Víctimas del Conflicto Armado Incluidas en el RUV | 1 |
Discapacidad Intelectual Certificada | 1 |
Cronograma 2021-2
ACTIVIDAD | FECHA |
Publicación Convocatoria | Julio 12 de 2021 |
Inscripción de Aspirantes | Desde el 12 de julio de 2021 Hasta el 18 de julio de 2021 |
Revisión y Calificación de solicitudes | Desde el 19 de julio de 2021 Hasta el 23 de julio de 2021 |
Reunión Junta Administradora para adjudicación de créditos condonables | Julio 26 de 2021 |
Publicación de Resultados de Aprobados y Lista de Espera | Julio 27 de 2021 |
Legalización de créditos ante ICETEX (entiéndase por el cargue de documentos requeridos en la herramienta dispuesta por el ICETEX para este proceso). | Desde el 28 de Julio de 2021 Hasta el 16 de agosto de 2021 |
Subsanación documentos proceso de legalización (entiéndase por la corrección de soportes en el cargue de documentos). | Desde el 17 de agosto de 2021 Hasta el 23 de agosto de 2021 |
Publicación de Resultados de Aprobado de aspirantes de la Lista de Espera | Agosto 24 de 2021 |
Legalización de créditos aspirantes Lista de Espera | Desde el 25 de agosto de 2021 Hasta el 13 de septiembre de 2021 |
Subsanación documentos proceso de legalización Lista de Espera | Desde septiembre 14 de 2021 Hasta el 20 de septiembre de 2021 |
Información y Consultas
Para mayor información sobre la convocatoria y proceso de inscripción consultar o comunicarse a través de los canales de atención dispuestos por el ICETEX.
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