¿Por qué Colombia debe adherir a la Convención de Personas mayores?
25 septiembre, 2019

Colombia debe adherir a la Convención de Derechos Humanos de las Personas mayores porque nos estamos convirtiendo en un país viejo y debemos prepararnos como sociedad para afrontar esta inminente realidad.

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Según cifras del Censo 2018, el 13,3 % de la población colombiana tiene más de 60 años, es decir más de 6,4  millones de personas y según cálculos de la Misión Colombia Envejece en 2050 habrá 14 millones de viejos[1], es decir el 23% de la población, de los cuales, 3,4 millones tendrán 80 años o más, según proyecciones del DANE Censo 2005.

Estamos envejeciendo de manera más acelerada: según la OMS, entre 2000 y 2050, la proporción de los habitantes del planeta mayores de 60 años se duplicará, pasando del 11% al 22%. En ese mismo período Colombia pasará del 7.6% de personas mayores al 27.4 según[2].

Según datos del Censo 2018, hoy, por cada 100 personas menores de 15 años hay 40,4 adultos mayores de 65, mientras que en el 2005 esa proporción era de 20,5 adultos, es decir, se ha duplicado el número de personas de ese rango de edad, frente a la población más joven.

Pero el envejecimiento en Colombia no es uniforme, varía mucho de una región a otra. Según la Gran Encuesta Integrada de Hogares 2016, Boyacá, Caldas, Quindío, Tolima y Risaralda tienen cerca del 14% de su población por encima de los 60 años, asemejándose a países como Holanda o Inglaterra; mientras que Caquetá, Chocó, Guajira y Cesar están por debajo del 10%, acercándose a porcentajes como los de países de África. El envejecimiento es una realidad que se debe analizar con detenimiento para pensar cómo se les brinda mejor calidad de vida a las personas mayores, ya que el censo deja ver la precariedad de las condiciones de esa población.

Porque las condiciones de calidad de vida de las personas mayores son peores que las del resto de la población.

Según el Índice Multidimensional de Inclusión Social y Productiva 2018, 41 % de la población mayor de 60 años es excluida social o productivamente, y, en algunos casos, es doblemente excluida (social y productiva simultáneamente).

Estos resultados indican que la población mayor de 60 años no cuenta con buenos servicios de salud, educación, una vivienda digna y no tiene acceso a mercados de trabajo ni a una fuente de ingreso suficiente que le permita satisfacer sus necesidades básicas.

Así mismo, la exclusión social y/o productiva en las zonas rurales es del 70% frente al 33 % en zonas urbanas, lo que plantea la urgencia de implementar programas de gobierno que mejoren las condiciones de vida de las personas mayores en el campo y así disminuir la brecha de desigualdad con quienes viven en las grandes ciudades.

Las principales exclusiones de las personas mayores

  • 48% de todas las personas por encima de los 65 años se encuentra en situación de pobreza. [1]
  • 49,8% no tiene ningún tipo de ingresos, siento el tercer país con la mayor tasa de dependientes mayores. [2]
  • 30% de las personas mayores cuenta con empleo, aunque informal en la mayoría de los casos.
  • 23% tiene pensión y en las mujeres tan sólo el 15%.[3]
  • 61% tiene a su cargo una o más personas y el 24% asume la totalidad de los gastos de la vivienda[4].
  • 1 de cada 6 sufre maltrato (psicológico, abuso económico, desatención, maltrato físico e incluso abuso sexual) .[5]
  • 3 de cada 10 están en situación de abandono[6]
  • 38% brindan cuidados básicos a otras personas mayores, a nietos, familiares con discapacidad, cónyuges o incluso a sus padres y suegros.[7]
  • 41% sufre de depresión.
  • 14% de los suicidios en 2017 fueron personas mayores. 9 de cada 10 fueron hombres[8].
  • 2 de cada 5 sufren de una enfermedad crónica no transmisible (como hipertensión arterial o depresión), y estas pueden generar discapacidad.
  • Los mayores de 65 años presentan la tasa más alta (33,1) de mortalidad en accidentes de tránsito y la mayoría son peatones.[9]
  • Su nivel educativo es más bajo que el del resto de la población:
  • 54% sólo alcanzó un nivel primario de educación
  • 10% terminó la secundaria
  • 8% alcanzó la educación superior
  • 20% restante no tiene ningún grado de escolaridad[10].
  • Menos del 10% utiliza internet, redes sociales o  correo electrónico.[11]

Porque las personas mayores constituyen sujetos de especial protección constitucional, como lo ha precisado la Corte Constitucional.

Artículo 46. El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la “tercera edad” y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.

Aunque el Estado Colombiano ha hecho avances, todavía persisten grandes desafíos, particularmente en lo que se refiere a la articulación interinstitucional para la garantía plena de los derechos de la población mayor.

¿A qué se compromete el Estado Colombiano con la firma de la Convención?

  • Adoptar medidas legislativas, administrativas, judiciales, presupuestales, afirmativas y de cooperación para prevenir, sancionar y erradicar aquellas prácticas contrarias a la presente Convención y llevar a cabo las acciones necesarias para materializar los derechos de las personas adultas mayores.
  • Promover la creación de instituciones públicas especializadas en la protección y promoción de los derechos de las personas mayores y su desarrollo integral.
  • Promover la más amplia participación de la sociedad civil y de otros actores sociales, en particular de la persona mayor, en la elaboración, aplicación y control de políticas públicas y legislación relacionada.
  • Promover la recopilación de información adecuada, incluidos datos estadísticos y de investigación, que le permitan formular y aplicar políticas destinadas a las personas mayores.
  • Participar en los mecanismos de seguimiento de la Convención, incluido el Comité de Expertos del que sólo forman parte los países que la han ratificado.

https://www.saldarriagaconcha.org/aprobada-convencion-sobre-proteccion-de-los-derechos-de-las-personas-mayores/
https://www.saldarriagaconcha.org/aprobada-convencion-sobre-proteccion-de-los-derechos-de-las-personas-mayores/

[1] OIT, 2018

[2] OIT, 2018

[3] Fundación Saldarriaga Concha y Fedesarrollo, Misión Colombia Envejece 2015

[4] Fundación Saldarriaga Concha y Fedesarrollo, Misión Colombia Envejece 2015

[5] OMS

[6] SABE Colombia, Encuesta Nacional de Salud, Bienestar y Envejecimiento, 2015

[7] Fundación Saldarriaga Concha y Fedesarrollo, Misión Colombia Envejece 2015

[8] http://www.medicinalegal.gov.co/observatorio-de-violencia- Información preliminar de lesiones fatales de causa externa en Colombia. 2017.

[9] Medicina Legal, Forensis 2016.

[10] DANE

[11] DANE Encuesta de Consumo Cultural -ECC  2016


[1] Misión Colombia Envejece. Fundación Saldarriaga Concha y Fedesarrollo. 2015.

[2] CEPALSTAT